este Juzgado de los Municipios Sucre, La Trinidad y Arístides Bastidas de esta Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Revisión de Obligación Alimentaría, incoada por la ciudadana, CARMEN NACARY MAYA AZUAJE , titular de la Cédula de identidad N° 12.277.292, en representación y beneficio de la Adolescente: Identidades omitida de conformidad con el Artículo 65 de la Lye Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, en contra del ciudadano; YOVANI RAFAEL AVENDAÑO, titular de la cédula de identidad Nº 11.651.147 y considera aumentar el monto de la Obligación Alimentaría a la cantidad de: TREINTA MIL BOLÍVARES (Bs. 30.000,°°) semanales, es decir CIENTO VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 120.000,°°) mensuales para su manutención; adicionalmente por concepto de pago de útiles escolares del mes de septiembre de cada año una cuota única por la cant.....