Acuerda HOMOLOGAR EL CONVENIO suscrito entre las partes en sus propios términos, impartiéndosele la debida aprobación. Téngase pasado como en sentencia con autoridad de cosa juzgada. En consecuencia queda establecido que el obligado se comprometió a aportar la cantidad de NOVENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 90.000,oo) mensuales a partir del
quince de este mes y depositará quincenalmente en la Cuenta Bancaria que aperturará para ello la demandante de autos, como también aportará ayuda a su hija mayor para los gastos escolares, medicinas y en el mes de diciembre.
Dicha cantidad corresponde al 17,56% del salario mínimo actual, el cual es de (Bs. 512.325,oo), y se incrementará en la medida en que aumente el ingreso que por concepto de sueldos y salarios o por actividad comercial perciba el obligado de autos, todo lo cual está previsto en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en sus Artículos 369 y 374. Tómese razón en el diario, certifíquese.....