Por último tomando en cuenta que el Juez que recibe la solicitud en los procedimientos de Intimación, deberá tener facultad para valorar las pruebas acompañadas a los fines de verificar la procedencia del reclamo, facultad de juzgamiento que no posee el Juez de Sustanciación, por lo que EL COMPETENTE para conocer es el Tribunal de Juicio y no el de Sustanciación, Mediación y Ejecución, como ocurre en materia de amparo"
Por las razones antes expuestas, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÒN, MEDIACIÒN Y EJECUCIÒN DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY. EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY se Declara: INCOMPETENTE, para conocer de la presente acción, por las razones antes explanadas, por lo tanto DECLINA LA COMPETENCIA, en el Juzgado de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, el cual es competente para conocer la pres.....