De conformidad con el articulo 326 del Código Orgánico Procesal Penal admite la acusación presentada en esta audiencia por la Representación fiscal contra de: BENITO ANTONIO CEIBA ORTEGA venezolano, natural de Barinas Estado Barinas, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad número:16.636.759 , soltero, profesión u oficio desconocido y residenciado en el barrio 12 de Octubre, calle España casa N° 58 Barinas Estado Barinas y TORREALBA URRIOLA, PAUL MAC CARNEI, Venezolano, natural de Barquisimeto Estado Lara, de 22 años de edad, soltero, profesión u oficio desconocido y residenciado en la carrera 19 entre calle 30, casa N° 11 Barquisimeto Estado Lara, por la presunta comisión de los delitos de: ROBO AGRAVADO Y LESIONES PERSONALES GRAVISIMAS, previsto y sancionado en el artículo 458 y 414 respectivamente del Código penal ya que la misma a tenor de lo dispuesto en el artículo 236 del la norma adjetiva ofrece una plena identificación de los Imputados y sus defensores, así .....