En mérito de lo antes expuesto, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR la presente solicitud de Cambio de Residencia y Autorización de Viaje, en tal sentido acuerda: PRIMERO: OTORGAR AUTORIZACIÓN DE CAMBIO DE RESIDENCIA, para que el niño IDENTIDAD OMITIDA, nacido el día 10 de julio de 2020, de tres (03) años de edad, fije su residencia en la dirección A.H. Santa María, Mz H LT 8, República de Perú, junto a sus padres, ciudadanos LUISANNYS PATRICIA GARCIA CORONEL, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº 26.461.559 y CARLOS ELIAS SIONCHEZ GONCALVES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 20.319.753. SEGUNDO: OTORGAR AUTORIZACIÓN DE VIAJE AL EXTERIOR, al niño IDENTIDAD OMIT.....