en consecuencia se OTORGA AUTORIZACIÓN PARA VIAJAR FUERA DEL PAIS, para que los niños IDENTIDAD OMITIDA, nacidos en fechas 8 de diciembre de 2013 y 15 de enero de 2017, Pasaportes Venezolanos Nros. 195432972 y 195378779 respectivamente, puedan viajar en compañía de su progenitora, a la ciudad de Madrid, España, saliendo el día 25 de abril de 2025, a las 18:30 desde Caracas y llegando a Madrid a las 09:15. Co fecha de retorno el día 10 de mayo de 2025, saliendo de Madrid, España a las 6:35, llegando a Lisboa Portugal a las 6:55, y saliendo de Lisboa, Portugal, a las 12:35, y llegando a Caracas, Venezuela a las 16:20.
Este Tribunal insta a la parte solicitante, que dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la llegada de los niños de autos a la República Bolivariana de Venezuela, deberá comparecer a informar al Tribunal sobre su retorno, y en caso de no retornar se podrá activar el Convenio de Restitución Internacional, el cual no implica la Restitución de Custodia.
Regístrese.....