este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Bruzual de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
DECLARA
LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en este juicio de Aumento de Obligación de Manutención, seguido por la ciudadana DALIA COROMOTO ALVARADO OROPEZA en su carácter de demandante contra el ciudadano FRANCISCO JAVIER LUCENA CANELON, todo de conformidad a lo establecido en el encabezamiento del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil Venezolano Vigente.