este Tribunal de Ejecución N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, REVOCA el Beneficio de Libertad Condicional al penado WILMER ANTONIO QUERALES ALVARADO titular de la cédula de identidad Nº 12.079.863, por cuanto su conducta implica el incumplimiento de las condiciones impuestas por este Tribunal en fecha 04 de Mayo de 2007 y en consecuencia la función de reinserción social no logra su objetivo por cuanto el penado no ha demostrado interés, responsabilidad, o sea, no ha querido vivir conforme a la ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 511 del Código Orgánico Procesal Penal, y por cuanto actualmente se encuentra privado de libertad en el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental del Estado Lara Uribana se ACUERDA librar la correspondiente boleta de excarcelación, remitir copia certificada del presente auto al Director de ese Centro, al penado, al Director del Internado ju.....