Remítase el presente expediente, mediante oficio al Juzgado Superior Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, a fin que el Tribunal se pronuncie respecto al conflicto de competencia planteado en la presente causa, a tales efectos a los fines de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil, se corrige la foliatura que conforman el presente expediente la cual va desde el folio 03 hasta el folio 13, tachándose con marcador negro, todas las grafías literales o numéricas que figuran en la parte superior de cada una de ellas, colocando a su lado la foliatura correcta y salvándose debidamente cualquier enmendadura o tachadura que pueda producirse al realizar nueva foliatura. Líbrese oficio.
Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil,.....