En consecuencia, este tribunal primero de primera instancia de juicio del circuito judicial de protección de niños, niñas y adolescentes de la circunscripción judicial del estado yaracuy de conformidad con los artículos 8, 358, 360, 389-a y 466 de la ley orgánica para la protección de niños, niñas y del adolescente, acuerda la custodia provisional del niño adrian daniel bustamante vivas, nacido el 25 de marzo de 2014 con su padre ciudadano elvis daniel bustamante vivas, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nº 18.191.571 hasta tanto se dicte sentencia definitiva en el presente asunto. se solicita al equipo multidisciplinario su intervención en la entrega del niño, a su progenitor ahora custodio, ciudadano elvis adrian bustamante molina, de manera que la misma se lleve a cabo de la forma menos traumática posible. se fija de manera oficiosa un régimen de convivencia familiar provisional a la madre, de conformidad con lo previsto en el ordenamiento jurídico p.....