DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción y en consecuencia establece al ciudadano: RUBEN DARIO RIVAS HERNANDEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 4.971.822 con domicilio en esta ciudad, la obligación de:
Primero: Cumplir con el pago de una obligación alimentaria semanal a favor de su hijo el niño: (Identificación Reservada), por la cantidad de TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 35.400) semanales que deberá consignar en efectivo, al inicio de cada semana, por ante este Juzgado o a la cuenta de ahorros que al efecto se abra.
Segundo: Cumplir, adicionalmente a lo fijado como obligación alimentaria mensual, con el pago de una cuota extra adicional a la obligación alimentaria, de CIENTO CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS BOLIVARES (Bs. 153.400), en los meses d.....