, esta Corte de Apelaciones, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR el Recurso de Apelación intentado por el Abogado Efraín Alexander Motolongo Díaz, en representación del Ciudadano José Adelmo León Gutiérrez, contra el auto dictado en fecha 26 de Junio de 2.007 por el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, mediante el cual DECLARA INADMISIBLE la Querella intentada contra Arlen Jonathan Salazar Milano, por el delito de DIFAMACIÓN AGRAVADA de conformidad con el Artículo 195 del Código Orgánico Procesal Penal, se ANULA el auto apelado, así como el auto dictado en fecha 04 de Junio de 2.007, y las actuaciones posteriores a éste último, realizadas como consecuencia del mismo, y REPONE LA CAUSA al estado de pronunciarse acerca de la admisión de la Querella, con estricta observancia de las disposiciones establecidas en los A.....