Este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: "SIN LUGAR" el recurso ordinario de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandada contra la sentencia de fecha 11 de mayo de 2018, emanada del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de ésta Circunscripción Judicial. ASÍ SE DECIDE.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la recurrida decisión en todas y cada una de sus partes y, en consecuencia, se declara CON LUGAR la demanda por Cobro de Diferencia de Prestaciones Sociales incoada por el ciudadano JUAN SIVIRA contra el INSTITUTO AUTÓNOMO PARA LA SALUD DEL ESTADO YARACUY (PROSALUD) y el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, todos plenamente identificados en autos. ASÍ SE DECIDE.
TERCERO: Conforme a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y, en.....