esta CORTE SUPERIOR DE LA SECCIÓN PENAL DE ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, CONFIRMA la decisión de fecha 20 de Agosto de 2014 dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control No. 2 de la Sección de Adolescente de este Circuito Judicial Penal, la cual corre agregada a los folios siete (07) al once (11) ambos inclusive del presente expediente objeto de esta consulta, en cuanto a declarar Sin Lugar el mandamiento de habeas corpus.