República Bolivariana De Venezuela
PARTE DEMANDANTE (promovente de la tacha): En cuanto a la prueba de experticia este Tribunal la ADMITE, se designa como EXPERTO al ciudadano PABLO PERNIA, adscrito a la División de Documentología del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas- Caracas, para que realice experticia sobre los documentos tachados, por lo tanto, acuerda oficiarle, todo de conformidad con el artículo 92 de la Ley orgánica Procesal del Trabajo. Librese oficio. Cúmplase con lo ordenado.PARTE DEMANDADA: En cuanto a la prueba de experticia este Tribunal la ADMITE, se designa como EXPERTO al ciudadano ONELDO LOPEZ, para que realice experticia sobre los documentos tachados, por lo tanto, acuerda oficiarle, todo de conformidad con el artículo 92 de la Ley orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese oficio. Cúmplase con lo ordenado.