Por las razones expuestas este Tribunal Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte co-demandada, contra la decisión de fecha 31 de julio de 2012, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.- ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: SE MODIFICA la recurrida sentencia y, en consecuencia se ordena la reposición de la causa al estado de reinstalar la audiencia preliminar, en el entendido que, se mantiene la declaración de la presunción de admisión de los hechos decretada por el Tribunal, la cual solo opera respecto del co-demandado, el ciudadano JOSE MARIA TOMBAZZI MASSA, conservando el resto de los litis consortes pasivos, su participación como tal .....