DECISIÓN
Con fundamento en los anteriores razonamientos, este Tribunal de Ejecución N° 2 administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley acuerda: otorgar la suspensión condicional de la ejecución de la pena a LUIS ANTONIO OVIEDO OVIEDO, venezolano, natural de Aroa, Municipio Bolívar, Estado Yaracuy, en fecha 20-05-1986, de 18 años de edad, soltero, obrero, titular de la Cédula de Identidad Nº 17.637.082, residenciado en Barrio Carapampa, Calle Las Flores, Casa S/N, Aroa, Municipio Bolívar, Estado Yaracuy, en los términos y condiciones expresados. Notifíquese a las partes. Fíjese audiencia. REMITASE copia al Ministerio del Interior y Justicia. Ofíciese a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Yaracuy a fin de que designe el delegado de prueba que corresponda y remítase copia de la presente decisión. OFICIESE LO CONDUCENTE. CUMPLASE