este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la INHIBICIÓN interpuesta por la Secretaria Temporal de este despacho ciudadana: MARIANGELICA PEREIRA ROA, arriba identificada y como consecuencia de ello el Tribunal designa como secretaria accidental para la tramitación de esta causa a la ciudadana YESENIA PEREIRA, alguacil de este tribunal y se reserva la oportunidad para designar al Alguacil accidental que se requiere para la tramitación de esta causa por auto separado.