Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con el Artìculo 398 del Còdigo Civil, 12 y 26 del Còdigo de Procedimiento Civil declara: PRIMERO: designa como nuevo TUTOR DEFINITIVO, al ciudadano JOSÈ IGNACIO ARCIA RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cèdula de identidad Nro. 12.791.714, por lo tanto el entredicho queda sometido al régimen legal de representación y protección de sus bienes, bajo la administración y guarda del mismo, y queda obligado el tutor a cuidar del entredicho, siendo su primera obligación la de velar por la recuperación de su salud; así como también todas las inherentes a su alimentación, vestidos y cuidados necesarios.
SEGUNDO: Revoca la designación de TUTOR DEFINITIVO, hecho a la ciudadana MILCA CAROLINA RIVAS DE ARCIA, antes identificada; y
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