al solicitante: OMAR JOSÉ HERRERA HENRÍQUEZ y a los ciudadanos VICTOR RAMÓN HERRERA HENRÍQUEZ; JOSÉ MISAEL HERRERA HENRÍQUEZ, RAFAEL SIMÓN HERRERA HENRÍQUEZ, ANGEL DAVID HERRERA HENRRÍQUEZ, MARÍA MINELVA HERRERA HENRÍQUEZ y YUSMAIRA COROMOTO HERRERA HENRÍQUEZ, y que éstos son los únicos y universales herederos del finado: FELIX ANTONIO HERRERA, sin observarse en ellos causales de inhabilitación ni en sus deposiciones ninguna contradicción, razón por la cual se declaran dichas testimoniales y los instrumentos antes valorados, como bastantes, para acreditarle al solicitante OMAR JOSÉ HERRERA HENRÍQUEZ y a los ciudadanos VICTOR RAMÓN HERRERA HENRÍQUEZ; JOSÉ MISAEL HERRERA HENRÍQUEZ, RAFAEL SIMÓN HERRERA HENRÍQUEZ, ANGEL DAVID HERRERA HENRRÍQUEZ, MARÍA MINELVA HERRERA HENRÍQUEZ y YUSMAIRA COROMOTO HERRERA HENRÍQUEZ, en su condición de descendientes (hijos) del de cujus: FELIX ANTONIO HERRERA, la cualidad de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de éste, todo de conformidad con lo establecido.....