DECLARA INADMISIBLE, de la presente demanda de RECTIFICACION DE PARTIDAS DE NACIMIENTO, de los ciudadanos: DIONISIO RAMON, JOSE DEL CARMEN, BEATRIZ, ALBERTA, ELETICIA, CARMEN BENICIA TORRES RODRIGUEZ Y YALI BIANNEY TORRES DE PARRA, representados por sus apoderados judiciales, abogados en ejercicio: CRUZ ALEJANDRO MAESTRE LANZA Y OFELIA ALEJANDRA MAESTRE PINEDA, inscritos en el Inpreabogado bajo los N° 18.522 y 119.332 respectivamente.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy: en San Felipe, a los Diez (10) días del mes de Enero del 2008. Años: 197º de la Independencia y 148º de la Federación. Expediente N°. 6745.-
La Jueza,
Abg. María de Lourdes Camacaro de Aular,
La Secretaria Temp,
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