Este Tribunal Unipersonal de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio Nº 01 Unipersonal, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara;
PRIMERO: ABSUELVE al acusado, ALÍ ALEXANDER GARCÍA ANDRADE, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-20.752.687, natural de Caja Seca, Estado Zulia, nacido en fecha 11-12-1.991, de 19 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación u oficio albañil, con sexto grado de instrucción primaria, hijo de Nelson Enrique García y de María Andrade, residenciado en la población de Nueva Bolivia, Sector Pueblo Nuevo, Tercera Calle, Casa S/Nº, de color amarillo, frente a la bloquera, Municipio Tulio Febres Cordero, Estado Mérida, Teléfono 0414-5612788 (de su progenitora), por la comisión de los delitos de PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 218 y 277 ambos del Código Penal, en perjuicio de el Orden Públ.....