ACUERDA HOMOLOGAR EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TÉRMINOS, impartiéndosele la debida aprobación. Téngase pasado como en sentencia con autoridad de cosa juzgada. En consecuencia queda establecido que el obligado se comprometió a depositar en la cuenta de ahorro N° 0134-0400-30-4002026940, de Banesco a nombre de la madre de sus hijos la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES Mensuales, a partir del día 05-01-2010, con respecto a las medicinas que le entregue el récipe y de acuerdo al monto aportará la totalidad o el cincuenta por ciento, igualmente aportará el 50% de las cuotas de asistencia médica, útiles y uniformes escolares en el mes de septiembre y estrenos y aguinaldos en el mes de diciembre, compartirá con los niños los fines de semana y cuando la mamá no pueda mandárselos le avisará a dicho demandado de autos. Dicha cantidad corresponde al 62% del salario mínimo actual, el cual es de (Bs. 967,50), y se incrementará en la medida en que aumente el ing.....