EL TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud y en consecuencia; ténganse como los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante ciudadano JOSE NICANOR ROJAS TORO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-904.314, domiciliado en la Calle Porvenir, casa N° 30, Municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida, quien falleció ab-intestato el día nueve (09) de octubre del año dos mil dieciséis (2.016), según se evidencia en el Acta de Defunción N° 96, folio 96, expedida por el Registro Civil de la Parroquia Montalbán del municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida, a los ciudadanos MARIA SESARIA UZCATEGUI DE ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº V-9.050.886, L.....