Se emitió auto mediante el cual de conformidad con lo previsto en el Articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se declaró desistido el presente procedimiento por inasistencia de las partes a la celebración de la audiencia preliminar. Se realizó el pronunciamiento oral de la presente decisión. Una vez que esté definitivamente firme esta decisión, se ordenó el archivo de la presente causa.