Inadmisible la demanda que por Deslinde Judicial, intentase el ciudadano JOSÉ ANTONIO ACUÑA RENGEL, en contra de los ciudadanos ISAAC SMEJA ROJAS, NORBERTO MOTA y FRANCISCO BRITO, ya identificados, de conformidad con los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia, con los artículos 550 del Código Civil y 720 del Código de Procedimiento Civil, conjuntamente con el artículo 62 del Decreto con Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto Con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.