D E C I S I O N
En mérito a las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y por considerarlo procedente en beneficio e interés del niño de autos, a que se le brinde protección, afecto y educación, declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente demanda de COLOCACIÓN FAMILIAR, incoada por los Consejeros de Protección del Niño, Niña y del Adolescente del municipio Nirgua del estado Yaracuy, actuando en beneficio del niño IDENTIDAD OMITIDA, en contra de la ciudadana LUZ MERY CONTRERAS BANDRES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 15.299.167, domiciliada en el Sector Pueblo Viejo, calle principal, vereda 5, Parroquia Salom, municipio Nirgua, estado Yaracuy, en consecuencia la Responsabilidad de Crianza y el elemento de la Responsabil.....