este Juzgado de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, SUSPENDE CONDICIONALMENTE EL PROCESO seguido en contra del ciudadano JOSE LUIS CASTRO CARRILLO, de nacionalidad venezolana, natural de Mérida, Estado Mérida, nacido el 15-05-1959, de 46 años de edad, domiciliado en Calle 3 con Avenida 2, Sector Albarical, Yaritagua, Municipio Peña, Estado Yaracuy y titular de la cédula de identidad N° 8.000.160, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el Artículo 5 en concordancia con el Artículo 17 de la Ley sobre la Violencia contra la mujer y la familia, por UN (01) AÑO, hecho cometido en perjuicio de la ciudadana CARMEN ROSA QUINTERO CAMPOS, de conformidad a los Artículos 42 y 43 del Código Orgánico Procesal Penal. Como consecuencia de la presente decisión Cesa la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad que pesa sobre el acusado. Publíquese y regístrese la presente .....