declara: CON LUGAR la RECTIFICACION DEL ACTA DE DEFUNCIÓN del ciudadano: LUIS JOEL TORRES INOJOSA, inserta en los Libros de Registro Civil de Defunciones de la Alcaldía del Municipio José Antonio Páez, Estado Yaracuy, bajo el N° 21, de fecha 09 de mayo del año 2.006 y en la Oficina de Registro Principal del Estado Yaracuy, en el sentido que donde aparezca el error sea corregido de la manera siguiente: fue erróneamente asentado que entre los bienes de fortuna que dejó a su muerte, entre otros, aparece que dejó cinco (5) locales comerciales, siendo lo correcto: que no era propietario de los cinco (5) locales comerciales señalados en dicha acta, sino de un tercio (1/3) de dos casas ubicadas en la carrera 4 entre calles 9 y 10 de la población de Sabana de Parra.
Publíquese, regístrese, déjese copia y ejecútese la anterior sentencia y con oficio se remitirá copia certificada de dicha sentencia, al Registro Civil de Defunciones de la Alcaldía del Municipio José Antonio Páez, Estado Y.....