este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN FELIPE, COCOROTE, INDEPENDENCIA Y VEROES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO YARACUY, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO, presentada por los ciudadanos YOVANNI ANTONIO ARTEAGA SEQUERA y EGLYS CONCEPCIÓN CUICAS BETANCOURT, asistidos de la abogada MARY CARMEN ARAUJO DURÁN, todos anteriormente identificados, contraído en fecha 22 de diciembre de 1990, ante la Prefectura Civil del Municipio Cocorote del Estado Yaracuy, signada con el número 117, la cual corre inserta al folio tres (03) de la presente solicitud