DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio en Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve lo siguiente: PRIMERO: Declara SIN LUGAR, la solicitud de revisión de medida presentada por los abogados, ALEX COLMENARES BEJARANO y LUIGGI GRANADILLO, en su carácter de defensores del ciudadano JOHAN JOSÉ VILLALOBOS GONZÁLEZ, plenamente identificado en autos, por no haber variado las circunstancias que motivaron el decreto de la medida cautelar sustitutiva revisada. SEGUNDO: Declara SIN LUGAR la solicitud de sustitución de medida por la contenida en el numeral 8° del artículo 242 del Código Orgánica Procesal Penal, por los motivos antes expuestos. Notifíquese a las partes de la presente decisión. Cúmplase.
JUEZA ÚNICA DE JUICIO
DRA. SOLANGE JOSEFINA MENDEZ
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