Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Nirgua de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy Nirgua, cinco (5) de junio de 2015
205º y 156º
Vista la solicitud presentada por los ciudadanos: LILIANA RAMONA MADRID ESCALONA y CHARLI JOSÉ OJEDA AULAR, venezolanos, mayores de edad, casada la primera, soltero el segundo, titulares de las cédulas de identidad N° V- 14.274.537 y V- 18.193.112 respectivamente, de este domicilio, asistidos por el abogado: DENIS ANDRÉS BASTARDO, titular de la cédula de identidad Nº V- 8.355.253, I.P.S.A. Nº 231.000 y de este domicilio, en la que piden sea decretado a su favor titulo supletorio suficiente para asegurar sus derechos de propiedad y posesión sobre unas bienhechurías consistentes en una casa convencional, construida a sus expensas en.....