Este Tribunal de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAY POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la causa en favor del ciudadano ARGENIS JOSE MONTOYA CAMACHO, venezolano, de 37 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 8.517.175, residenciado en Sector La Manga, Urbanización La Trinidad II, Casa N° 20, Boraure, Municipio La Trinidad, Estado Yaracuy, por la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLOGICA, previsto y sancionado en el Artículo 20 de la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de en perjuicio de la ciudadana YHOWLY YOVET LOPEZ LOZADA, de conformidad con lo previsto en el Artículo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los Artículos 108 ordinal 5° y Artículo 20 de la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia. Publíquese, Regístrese.