esta Corte de Apelaciones, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado Miguel Ángel Gómez Torres, en su carácter de Fiscal Segundo del Ministerio Público, contra el Auto de fecha 30 de Junio de 2.006, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control N° 03 de este Circuito Judicial Penal, a cargo de la Juez Judith Yépez, mediante el cual Decreta Medida Cautelar Sustitutiva al Imputado Juan Heriberto Zambrano, en el proceso seguido por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO EN GRADO DE COMPLICIDAD CORRESPECTIVA y HURTO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR previsto y sancionado en el Artículo 408, Ord. 1, del Código Penal Venezolano y, Artículos 1 y 2, numeral 5 de la Ley sobre el Hurto y, Robo de Vehículos. Queda así CONFIRMADO el auto apelado.