III.- Por los fundamentos antes expuestos:
Este TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA., administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos ISMELDA AUXILIADORA GUTIERREZ MOLERO y JOSE ANGEL MORALES GARCIA, plenamente identificados y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 29 de enero de 2009, por ante el Jefe Civil y Secretaria de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Maracaibo, Estado Zulia, Acta No. 007.-
Dejándose constancia expresa que los ciudadanos antes identificados manifestaron, que durante la unión matrimonial no procrearon hijos Igualmente manifestaron que no adquirieron bienes que repartir.-
Dada, firmada y sellada en el .....