evidenciándose del presente exhorto, que se pretende la notificación de la parte demandada del juicio de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, interpuesto por la ciudadana LUZ MARINA CARRILLO TRIVIÑO, contra el ciudadano EDGARDY XAVIER PÉREZ NOGUERA y donde indiscutiblemente existen niños, niñas u adolescente, el Juez competente para conocer del mismo es el de Protección del Niño, Niña y Adolescente de esta Circunscripción Judicial Y ASI SE DECIDE.
Por las consideraciones anteriormente explanadas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios San Felipe, Independencia y Cocorote de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INCOMPETENTE PARA TRAMITAR EL PRESENTE EXHORTO, por corresponder la competencia al Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy; y en consecuencia,
SE.....