ACUERDA HOMOLOGAR EL CONVENIO SUSCRITO ENTRE LAS PARTES EN SUS PROPIOS TÉRMINOS, impartiéndosele la debida aprobación. Téngase pasado como en sentencia con autoridad de cosa juzgada. En consecuencia queda establecido que el obligado FREDDY RAFAEL ROMERO SILVESTRE a partir del próximo dieciocho del mes de octubre del presente año se comprometió a entregarle directamente a la Ciudadana YENNY MARÍA MUJICA CORDERO, la cantidad de TREINTA BOLÍVARES FUERTES (Bs. F. 30,oo) SEMANALES. Dicha cantidad corresponde al 15,01 % del salario mínimo actual, el cual es de (Bs. F. 799,23), y se incrementará en la medida en que aumente el ingreso que por concepto de sueldos perciba el obligado de autos o el incremento de los ingresos percibidos producto del ejercicio libre de la actividad comercial, todo lo cual está previsto en la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en sus Artículos 369 y 374. Igualmente dicho obligado de comprometió a aportar útiles, uniformes, lo del mes de dici.....