"...este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, actuando en su competencia Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DEL ACTA DEDEFUNCIÓN, solicitada en consecuencia, se ordena al ciudadano Registrador Civil de la Parroquia Domingo Peña del municipio Libertador del Estado Bolivariano de Mérida, y al Registrador Principal del Estado Mérida, la corrección del acta de defunción del causante José Izarra, acta Nro.466, año 2010, donde de manera involuntaria se identifico el nombre del ciudadano José Anibal Izarra, como hijo legitimo del causante José Izarra, y dicho ciudadano es nieto del causante por parte de su hija Leticia Izarra Sánchez, según se evidencia de Acta de Nacimiento Nro. 139, folio 056, año 1952; por ser lo correcto. .....