DECISIÓN
Por los anteriores razonamientos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 05 del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: SE DECLARA SIN LUGAR la solicitud realizada por el Defensor, abogado Luis Guerrero, con respecto a la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, en razón de la oposición por parte del Ministerio Público, conforme al artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE DECLARA CON LUGAR LA EXCEPCIÓN OPUESTA por el defensor, abogado Luis Guerrero, específicamente la contenida en el artículo 28 numeral 4, literal "i" del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia, se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, conforme al artículo 34 numeral 4 eiusdem, a favor del ciudadano OMAR ANTONIO PICÓN SUÁREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.957......