se declara DESIERTO el acto y conforme a lo dispuesto en el artículo 477 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, se da por terminado el presente proceso y se ordena el archivo del expediente. La referida audiencia no fue reproducida en forma audiovisual por carecer el tribunal de medios para ello. Es todo.-
El Juez Titular,
Abog. Iván Palencia Arias.-
La Secretaria Suplente,
Abog. Yuleargen Sanabria.-