declara la incompetencia de este Tribunal para conocer de la presente solicitud de RECONOCIMIENTO DE FIRMA EXTENDIDA EN INSTRUMENTO PRIVADO, presentado por el ciudadano MANUEL TORRES RAMOS, asistido por el abogado en ejercicio de su profesión Rafael Álvarez Cuevas, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 159.681, y en consecuencia, declina la competencia por la materia en el Juzgado de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, y así se decide.