DECISIÓN
or los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: DECLARA: INADMISIBLE la demanda deDESALOJO DE LOCAL COMERCIALinterpuesta por la abogada en ejercicioYUDEIMA MARIA GONZALEZ GUZMAN, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 96.046,actuando en su carácter de apoderada judicial de las ciudadanas GRAZIELLA MULE DE MARFISI ySILVANA MULE SGIORTINO, venezolanas, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros.V-13.656.462, yV-9.896.425contrala sociedad mercantil "NEFROLOGICO MATURIN, C.A.", inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas en fecha 03 de Septiembre del año 2.002, quedando asentado bajo el N° 10, Tomo A-6, correspondiente al tercer Trimestre del año 2.002, por cuanto la misma es contraria alguna d.....