declara Con Lugar la solicitud de DIVORCIO, incoada en base al artículo en el 185-A, del Código Civil Venezolano vigente, interpuesta por los ciudadanos: NORMA CECILIA COLMENAREZ GIMENEZ y JULIO RAFAEL VELASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros. 7.559.775 y 7.576.667, respectivamente, asistidos por el abogado en ejercicio: José Gregorio Velásquez, inpreabogado Nro.90.933. En consecuencia se disuelve el vínculo matrimonial, contraído por los prenombrados ciudadanos, en fecha: Catorce (14) de Febrero de Mil Novecientos Ochenta y Seis (1986), por ante la Prefectura del Municipio San Felipe, hoy Coordinación de Registro Civil del Municipio San Felipe del estado Yaracuy, según acta extendida bajo el numero 32, y así queda establecido.-.
No hay pronunciamiento sobre hijos, por cuanto los cónyuges manifestaron que los procreados durante el matrimonio son mayores de edad y como quiera que los cónyuges manifestaron no haber adquiri.....