esta Corte Superior de la Sección Penal de Adolescentes del estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado DAVID GARCIA, en su carácter de Defensor Público Tercero en materia de Responsabilidad Penal del Adolescente de la Unidad de Defensa Pública del Estado Yaracuy, contra la Sentencia publicada el día 09 -07-2.010, por el Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio de la Sección Penal de Adolescentes de este Circuito Judicial Penal, a cargo de la Jueza ZULY REBECA SUAREZ GARCIA, mediante la cual sanciona al Joven Adulto (Identidad Omitida) de conformidad con lo previsto en el artículo 65 de la Ley Orgánica antes mencionada, por el delito de Secuestro Breve, previsto en el 6 de la Ley Contra el Secuestro y la Extorsión. En consecuencia SE CONFIRMA en cada una de sus partes la sentencia apelada y así se decide.