Con fuerza en las motivaciones que anteceden, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara UNICO: Improcedente la sustitución por vía de revisión de la medida de privación judicial preventiva de la libertad, que obra en contra del acusado JORGE LUIS NATERA BARRIOS, solicitada por su defensor privada y de confianza abogada ELBAR LEONOR MOLINA, por las razones expuestas.
Publíquese, notifíquese y líbrese la boleta de Traslado del acusado para el viernes trece (13) de Diciembre de 2013 a las 8:30 de la mañana a tales fines. Déjese copia certificada.
La Jueza,
ABG. ANA FLORINDA ALEN GUATARAMA
La Secretaria,
ABG. SULAY MARCANO ORENSE