en consecuencia este Tribunal actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONFIRMA EL DECRETO DE INTIMACION y de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 651 del citado Código, se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada, tómese razón en el diario.
El Juez;
(fdo. el original)
Abg. Reinaldo Rzemieñ Freytez.
La Secretaria;
(fdo. el original)
Carmen Aída Servet de Ramones
Exp. No. 434-09