DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE LA PRESENTE QUERELLA DE INTERDICTO POR DESPOJO, interpuesta por la ciudadana MARISELA YOHELY ALEJOS CARO contra el ciudadano EDGAR VICENTE VIELMA AVENDAÑO, plenamente identificados en autos.
SEGUNDO: SE ORDENA LA DEVOLUCIÓN de los documentos originales consignados junto al escrito de querella, dejándose en su lugar copia certificada, una vez la parte interesada provea los emolumentos necesarios para la misma.
TERCERO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS dada la naturaleza del fallo.
CUARTO: POR CUANTO LA DECISIÓN salió dentro del lapso legal, no se requiere notificación de las partes.