DECLARA,
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de Reclamo por omisión, demora o deficiente prestación de los servicios públicos, interpuesta por la ciudadana MELENDEZ ARIAS CARMEN MIREYA, venezolana, mayor de edad, soltera, domiciliada en el municipio San Felipe, estado Yaracuy; y titular de la cédula de identidad N° 5.465.553, debidamente asistida por la abogada SUHAIL ANAYANTZY HERNÁNDEZ ALVARADO, Inpreabogado Nº 81.067; contra la OFICINA ADMINISTRATIVA REGIONAL EN EL ESTADO YARACUY DEL INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (I.V.S.S.).
SEGUNDO: SE ORDENA a la OFICINA ADMINISTRATIVA DEL INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (I.V.S.S.), CON SEDE EN EL ESTADO YARACUY, darle estricto cumplimiento a la presente decisión y el correspondiente trámite legal a la solicitud del beneficio de Pensión de Vejez, realizada por la ciudadana MELENDEZ ARIAS CARMEN MIREYA, antes identificada, recibiendo la documentación y dándole oportuna y adecuada respuesta a su petición, con lo cual se re.....