Por las razones antes expuestas, este Tribunal Superior de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley, declara CON LUGAR la inhibición formulada por la abogada BELKIS MORALES DE RODRIGUEZ, Jueza del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en el expediente llevado por AUTORIZACIÓN PARA TRAMITAR PASAPORTE, identificado con la numeración UP11-V-2014-0000111, incoado por la Jueza Inhibida BELKIS MORALES DE RODRIGUEZ, actuando en representación de su hija la adolescente "Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA" quien se encuentra asistida por la abogada Yamileth Morgado Beamont, actuando como Defensora Publica Segunda del Estado Yaracuy, con competencia en materia de Protección de Niños, Niña.....