En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Yaracuy con sede en la ciudad de San Felipe, ORDENA JUDICIALMENTE LA ENTRADA y REGISTRO, conforme a los artículos 210 y 211 del Código Orgánico Procesal Penal, del inmueble ubicado en INVERSIONES 2P STORES C.A., CALLE 11 ENTRE CUARTA Y QUINTA AVENIDA SAN FELIPE, MUNICIPIO SAN FELIPE, ESTADO YARACUY. El allanamiento en mención será efectuado por funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, quienes estarán obligados a cumplir con las formalidades establecidas en los artículos 210 y 212 del Código Orgánico Procesal Penal, y deberán respetar los derechos humanos de las personas que se encuentren en el inmueble al momento de la practica de la orden judicial. La presente orden tiene una duración de siete (7) días. Regístrese, déjese copia de la presente decisión y expídase la orden judicial.
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